Barcelona i Madrid, dues metròpolis diferents a la seva estructura de govern

1.- El término municipal de Madrid tiene poco más de 600 km2 y algo más de 3,2 millones de habitantes. Ambas magnitudes coinciden casi exactamente con la extensión y la población del Área Metropolitana de Barcelona, su término municipal y su población son mucho menores.

2.- Esto supone un sistema de gobernanza metropolitana muy diferente en el caso de una y otra. En Barcelona la realidad metropolitana debe gestionarse por cooperación entre municipios en un sistema que en esencia es federativo. Madrid trató de unificar su administración metropolitana y municipal.

3.- Sin embargo ni el municipio de Madrid ni el AMB comprenden sus ámbitos metropolitanos íntegramente. En Barcelona el ámbito de la Metrópolis real se puede identificar con la llamada Regió I tal como fue definida por la Ley de 2010 del Parlamento de Cataluña. Sin embargo, en 2017 el Garraf i parte de la comarca del Anoia se incorporaron a una nueva Regió del Gran Penedés.

4.- En Madrid, por encima del ámbito municipal tan solo existe la CAM que reúne las competencias de gestión del territorio y las del gobierno autonómico.

5.- En la Metrópoli Barcelona, la situación es más compleja. Por encima del ámbito municipal está la comarca, el AMB y la Diputación Provincial, antes de llegar a la Generalitat como órgano de Gobierno autonómico.

6.- Comarca, AMB y Diputación son órganos de la Administración local de elección indirecta y con competencias que en buena parte son concurrentes. La cooperación y colaboración entre administraciones se hace obligatoria, pero no siempre es fácil ni eficaz.

7.- No es fácil entender que en nuestro caso sean necesarios 3 niveles de administración local de elección indirecta y en Madrid ninguno, puesto que tanto el Municipio como la CAM son de elección directa. El resultado es que tenemos demasiadas administraciones, poca transparencia y falta de claridad respecto de las responsabilidades de cada una de ellas.

8.- Parece más lógico simplificar las administraciones intermedias. Si existe un órgano de gestión metropolitana en su ámbito territorial, no son necesarios los Consejeros comarcales y ese órgano podría fácilmente asumir sus competencias y también las de la Diputación Provincial que podría seguir activa más allá del territorio metropolitano.

9.- Un modelo como el que proponemos aprovecharía la eficacia derivada de la cooperación voluntaria entre administraciones locales, que está en la misma raíz del hecho metropolitano, y la mayor capacidad de actuación de una administración más simple y próxima a los habitantes del territorio metropolitano.

10.- También es importante considerar que de ese modo nos aproximamos a las realidades metropolitanas configuradas como Ciudad Estado (Alemania, Austria, Rusia) o como Ciudades Región (Francia, Italia, Portugal), un modelo que es apoyado por buena parte de los expertos en gobernanza.

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